El presidente de la Cámara de Diputados, Jerges Mercado. Foto: Cámara de Diputados
El presidente de la Cámara de Diputados, Jerjes Mercado (MAS), informó este martes que esta instancia legislativa conformará una “comisión especial” para acudir al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) con el fin de que acelere el criterio a la consulta de constitucionalidad previa que congeló el proyecto de ley de las judiciales.
“La semana pasada el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha planteado un recurso de constitucionalidad previa y también queremos que el Tribunal (Constitucional), lo antes posible, pueda resolver esa consulta para que podamos continuar con ese trabajo”, dijo.
El 6 de septiembre, la Comisión de Constitución de esa instancia camaral envió a consulta el proyecto de ley de las judiciales a los ministerios de Justicia, de Planificación del Desarrollo y de Economía y Finanzas Públicas, como parte del Órgano Ejecutivo; además del Tribunal Supremo Electoral (TSE), el TSJ y el TCP.
Comisión especial
El 20 de septiembre, ante la consulta de Diputados sobre el proyecto de ley, el TSJ lo rechazó ante “una duda razonable” de inconstitucionalidad, sobre todo en cuanto a que subalternos asuman labores de magistrados.
Esta máxima instancia jurisdiccional también remitió a una consulta de control previo de constitucionalidad al TCP, principalmente la disposición adicional sexta y el artículo 2 del proyecto de Ley 144.
En ese marco, el TSJ demandó que se notifique a la Asamblea Legislativa “la suspensión en el tratamiento de cualquier proyecto de ley que tenga por finalidad regular la preselección de altas autoridades”.
Tras una “deficiencia formal” sobre la consulta realizada por el TSJ, ayer el TCP dio cinco días hábiles para que subsane la observación sobre la consulta enviada a esa instancia jurisdiccional.
“Examinados los antecedentes y documentación presentada, la Comisión de Admisión de este Tribunal advirtió que el consultante a efecto de dar cumplimiento a lo previsto por el art. 112.3 del CPCo, adjuntó una certificación realizada por la Secretaria de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. Lo cual no es suficiente, más aún cuando la norma procesal no establece como requisito dicho documento, sino la presentación del Acta de Sala Plena que evidencie la conformidad de Magistrados y Magistradas del TSJ”.
(Fuente: La Razón)