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Gabinete aprueba decreto que asigna hasta Bs 50 millones a fondo científico para las universidades públicas

Escrito por el 31 de agosto de 2023

Gabinete aprueba decreto que asigna hasta Bs 50 millones a fondo científico para las universidades públicas
Reunión de gabinete en Casa Grande del Pueblo. Foto Presidencia archivo

 

El gabinete de ministros aprobó este miércoles el Decreto Supremo 5008 que reglamenta la creación del Fondo de Fomento al Desarrollo de Ciencia y Tecnología (FONDECyT) para las Universidades Públicas Autónomas y que contará con un presupuesto de hasta Bs 50 millones.

Además, el decreto fija los términos, condiciones, alcances y operatividad del FONDECyT, de manera que las universidades públicas autónomas puedan presentar postulaciones para acceder al financiamiento de proyectos de investigación científica, tecnológica e innovación.

El fondo financiará el desarrollo de proyectos de investigación científica, tecnológica e innovación con base en necesidades identificadas por entidades públicas de áreas estratégicas y productivas del Estado que contribuyan a la industrialización con sustitución de importaciones.

El ministerio firmará convenios con las universidades públicas autónomas para la ejecución de los proyectos priorizados y con las entidades públicas de áreas estratégicas y productivas, en los que se establezcan las obligaciones de cada una de las partes.

Para acceder al financiamiento con recursos del fondo, las universidades públicas autónomas deberán participar en convocatorias públicas, a través de la presentación de proyectos de investigación científica, tecnológica e innovación y suscribir un convenio con el Ministerio de Planificación del Desarrollo.

Las universidades públicas autónomas podrán utilizar la información generada y los resultados obtenidos en los proyectos de investigación científica, tecnológica e innovación financiados por el fondo, únicamente con fines académicos, previa autorización del Ministerio de Planificación del Desarrollo.

El Ministerio de Planificación del Desarrollo tiene un plazo no mayor a 30 días hábiles para elaborar y aprobar, mediante Resolución Ministerial, la reglamentación para el cumplimiento del decreto.

(Fuente: ABI)


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