Banco Fassil: Bs 2.155 MM en juego por “desvíos” y “créditos vinculados”
Written by Boris Bueno Camacho on 4 de junio de 2023
Medio centenar de empresas movieron el capital entre Fassil y Financial Group. La ley establece que un banco “no podrá otorgar créditos u otros activos de riesgo a personas naturales o jurídicas vinculadas a él”.
Más de 2.155 millones de bolivianos están involucrados en los presuntos “desvíos” y “créditos vinculados” que se tejieron entre el Banco Fassil y su matriz Santa Cruz Financial Group, a través de medio centenar de empresas y empresarios. La Fiscalía ya empezó con las citaciones de los involucrados para declarar.
“Ya hemos citado y seguimos haciéndolo. No son uno o dos, sino varios. Si bien como empresarios tienen derecho a hacer estos tratos financieros, también deben regirse a la ley y transparentarse cuando hay algunos movimientos raros, extraños e irregulares, para demostrar de dónde viene el dinero”, dijo el fiscal asignado a la investigación del caso Banco Fassil, Iván Quintanilla.
Un informe de la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF), revelado por DTV, identificó una lista de 50 empresarios y empresas que realizaron este tipo de movimientos entre el 5 de enero de 2018 y el 31 de mayo de 2021. El informe no presenta datos de 2022 o 2023, cuando la institución financiera colapsó debido a la falta de liquidez.
El documento señala que los empresarios y empresas citados recibieron créditos vinculados y que con éstos desviaron la cartera crediticia del Banco Fassil a la cuenta bancaria 324531, de Santa Cruz Financial Group.
En términos sencillos, el economista Gonzalo Chávez explica que un crédito vinculado es una práctica muy antigua en la que uno presta dinero “a sus cuates y a sí mismo”. Para entender esta figura es necesario conocer las transacciones que se hacían entre el Banco Fassil y Financial Group. Por ejemplo, uno de los casos más conocidos es el del edificio Yanbal.
Financial Group compró este inmueble a un precio de mercado de 32 millones de bolivianos. En una especie de carrusel, días después vendió el mismo bien al Banco Fassil, pero en un precio mucho mayor al que pagó.
En Bolivia, el artículo 458 de la Ley de Servicios Financieros prohíbe estas operaciones. Detalla que las entidades financieras “no podrán otorgar créditos u otros activos de riesgo a personas naturales o jurídicas vinculadas a ellas”.
Se considera como “vinculado a una entidad de intermediación financiera” a todo prestatario, persona natural o jurídica o grupo prestatario que presente las siguientes condiciones:
Segundo, que desempeñe en la entidad financiera funciones directivas, ejecutivas, de control interno o asesoramiento permanente a la administración.
Ante estos puntos cabe anotar que a febrero de 2023 la entidad financiera tenía cinco accionistas: Santa Cruz FG Sociedad Controladora SA (69,05%), Santa Cruz Financial Group SA (28,90%), Santa Cruz Asset Management Sociedad Administradora de Activos SA (2,04%), Santa Cruz Sociedad de Inversión en Bienes Raíces Sibra SA (0,0001%) y Ricardo Mertens Olmos (0,0001%), quien presidía el directorio del banco.
¿Cómo entraron las empresas?
De acuerdo con el informe de la UIF, varios de los empresarios observados obtuvieron un crédito del Banco Fassil por medio de ciertas preferencias y facilidades. Sin embargo, ese dinero no era utilizado por la empresa, sino que —a veces en su totalidad y otras en montos menores— era depositado, incluso el mismo día, en una cuenta de Financial Group, generando un desvío del dinero de la cartera de Fassil.
Este dinero se usaba para comprar los inmuebles, en ocasiones de las mismas empresas que hacían la transferencia, que luego eran vendidos entre las entidades que conforman Financial Group, hasta volver a Fassil luego de varias transacciones.
El artículo 363 de delitos financieros del Código Penal boliviano tipifica como “uso indebido de influencias para otorgación de crédito” cuando “él o los directores, consejeros de administración y de vigilancia, ejecutivos o funcionarios de una entidad de intermediación financiera, que con la intención de favorecerse a sí mismos o a la entidad de algún modo u obtener para sí o un tercero beneficios económicos, a sabiendas autoricen o aprueben el otorgamiento de créditos a prestatarios o grupos prestatarios vinculados a la entidad financiera”.
Se establece una pena de privación de libertad de tres a ocho años, además de una multa de 100 a 300 días. Si como resultado de esta actividad se llega a causar daño a terceros o a la propia entidad, la pena se agravará en una mitad de la pena.
Las investigaciones de estos movimientos corresponden a un segundo proceso por legitimación de ganancias ilícitas, vinculado a las transferencias irregulares a empresas vinculadas al ahora extinto Banco Fassil.
La Unidad de Investigación Financiera llegó a Santa Cruz
El fiscal asignado al caso, Iván Quintanilla, indicó que un equipo de la UIF llegó a la ciudad de Santa Cruz para respaldar y ayudar a allanar algunas situaciones adversas de la investigación del caso Banco Fassil.
“Es bueno que la UIF esté al lado del Ministerio Público porque son peritos especializados. Nos pueden advertir de los movimientos extraños que haya habido en el marco de la investigación”, dijo.
Señaló que la UIF les da un diagnóstico y la Fiscalía hace los requerimientos necesarios para trabajar y presentar un pronóstico. Esto tiene el objeto de respaldar los informes correspondientes.
“Todo esto se trabaja con documentación de las instituciones bancarias, de Aduanas, de Impuestos Nacionales y otras instituciones que pueden respaldar el movimiento económico de cada empresa”, manifestó Quintanilla.
El funcionario explicó que a partir de los resultados que se obtengan de estos peritajes, se determinará si los empresarios son convocados en calidad de testigos o investigados.
El principal investigado del caso, Ricardo Mertens, está recluido en el penal de Palmasola de manera preventiva, acusado por la comisión de delitos financieros, junto a otros cuatro exjecutivos de Fassil.
La exgerenta de la entidad financiera también fue enviada a un penal, con detención preventiva.
(Fuente: Página Siete)