La Comisión Mixta de Justicia Plural entregó la tarde de este lunes a la presidencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional el informe final del proceso de preselección de los aspirantes al Consejo de la Magistratura y al Tribunal Agroambiental, para su tratamiento y selección de los candidatos a las elecciones judiciales.
Las nueve carpetas y siete tomos que componen el informe, junto a los documentos de los aspirantes preseleccionados y las evaluaciones, fueron entregados «de manera oficial, en ventanilla única de la Vicepresidencia del Estado Plurinacional de Bolivia».
«El personal técnico de la Comisión Mixta de Justicia Plural realizó la entrega del informe final (nueve carpetas y siete tomos) de todo el trabajo realizado en esta Comisión Mixta respecto a la preselección de precandidatas y precandidatos para las elecciones judiciales», informó la Cámara de Senadores por su cuenta en Facebook.
Se trata de 20 candidatos preseleccionados para el Consejo de la Magistratura (10 varones y 10 mujeres) y 14 para el Tribunal Agroambiental (7 varones y 7 mujeres), quienes pasarán a la fase de selección en sesión de Asamblea Legislativa.
Siete candidatas, tres a la Magistratura y cuatro al Agroambiental, fueron habilitadas de forma adicional, por acercarse al puntaje mínimo de 130, para completar los cupos de mujer e indígena, como establecen las normas legales.
La Comisión Mixta de Constitución, que estuvo a cargo de la preselección de candidatos al Tribunal Supremo de Justicia y Tribunal Constitucional Plurinacional, prevé remitir en estos días su informe a la presidencia de la Asamblea Legislativa.
En el caso del TCP, en la Comisión sugirieron declarar desierta la convocatoria en los departamentos de Cochabamba, Santa Cruz, Oruro y Potosí porque no se logró completar los criterios de paridad de género y autoidentificación indígena.
El parágrafo primero del artículo 38 de la Ley 1549 Transitoria para las elecciones judiciales establece que «en el caso que el número de postulantes en relación a cada Tribunal y Consejo de la Magistratura sea insuficiente para llevar adelante una elección competitiva o para cumplir con las exigencias constitucionales de género y plurinacionalidad, la Asamblea Legislativa Plurinacional, declarará desierta la convocatoria, previo informe fundamentado de la Comisión Mixta correspondiente en las etapas del proceso».
«En el caso de declararse desierta la convocatoria del proceso de preselección para alguna de las cuatro instituciones objeto de esta Ley, la Asamblea Legislativa Plurinacional convocará nuevamente al proceso de preselección que corresponda», agrega el parágrafo segundo del mismo artículo.
De acuerdo con la ley, una vez recibidos los Informes finales de evaluación de las Comisiones Mixtas correspondientes, la Presidencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional en el plazo de 24 horas debe convocar a Sesión de Asamblea Legislativa Plurinacional para preseleccionar a las y los postulantes, por voto de dos tercios de las y los asambleístas presentes.