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Vocales del TSE bajo asedio de evistas y arcistas con anuncios de juicios

Escrito por el 23 de noviembre de 2023

Legisladores y analistas sostienen que se busca atemorizar al Órgano Electoral de Bolivia para que emita resoluciones “a la carta”.

La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE). Foto: APG

Entre 2022 y 2023, el Movimiento Al Socialismo (MAS), en sus dos alas, además de otras instancias, anunció por lo menos seis procesos contra los vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE), por la presunta comisión de delitos, entre los que se contempla incumplimiento de deberes. Legisladores y analistas sostienen que se busca atemorizar a este Órgano del Estado para que emita resoluciones “a la carta”.

“En caso de que el Tribunal no cumpla dentro el plazo, vamos a iniciar la acción penal respectiva que corresponderá por el incumplimiento de deberes de manera deliberada por el Tribunal Supremo Electoral”, afirmó el exprocurador y abogado Wilfredo Chávez, debido a que el TSE no se pronunció sobre el recurso de revisión extraordinario presentado por el MAS evista  por las determinaciones del congreso en Lauca Ñ.

La senadora Silvia Salame Farjat (CC) señaló que el MAS está acostumbrado a llevar este tipo acciones, que sólo buscan amedrentar y obtener fallos favorables. “Nos están demostrando que no se puede hacer un trabajo que no sea de su satisfacción. Pretenden que los fallos sean a la carta, de acuerdo al gusto del que presentó la acción”, dijo.

La politóloga Patricia Velasco sostuvo que, con esta posición, la facción radical demuestra que busca incumplir el propio reglamento que aprobó el MAS. “Ellos son los que pusieron cómo debían habilitarse los candidatos, entre otros, y se ha observado el congreso o las resoluciones porque iban contra el reglamento”, indicó.

Otras causas

En febrero de este año, la Procuraduría observó la suspensión del Direpre antes de dar inicio a las elecciones generales de 2020.

Esta instancia, en carta dirigida al presidente del TSE, Óscar Hassenteufel, pide “proceder a iniciar acciones legales a quienes avalaron la suspensión”.

En septiembre 2023, el intercultural y exalcalde de San Buenaventura (La Paz) Adalid Carvajal presentó denuncia penal contra los vocales del TSE por el delito de prevaricato, tras avalar el congreso del MAS en Lauca Ñ.

Este mes, el diputado Daniel Rojas (evista) señalaba que el fallo contra el congreso de Lauca Ñ “es un error garrafal que le va a costar caro (al TSE)”, por lo que se buscaría proceso penal, “por juicio de responsabilidades o incumplimiento de deberes”.

En marzo de 2022, el diputado Gualberto Arispe anunció una demanda penal contra los vocales del TSE por inhabilitar a Evo Morales como candidato a senador en 2020.

En julio de 2022, el senador Hermo Pérez y el diputado Pascual Pacífico Choque Gallego (evistas), al no obtener respuesta sobre la solicitud de expulsión de Rolando Cuellar (arcista), denunciaron por “encubrimiento e incumplimiento de deberes” y amenazaron con procesos disciplinarios y penales a cuatro vocales.

Ley 044  para juzgar a vocales

Ante la arremetida del MAS, el vocal electoral Tahuichi Tahuichi Quispe solicitó ser juzgados en caso de corte.

“Quieren judicializar la democracia (…). Pido a la Asamblea Legislativa (…) que nos incorporen en la ley 044. No queremos ser marioneta de nadie, no queremos trabajar bajo presión, no se puede construir democracia con una institución débil”, precisó.

Vocales rechazan la recusación de evistas

La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) decidió ayer desestimar la recusación que presentó el ala evista del MAS contra los vocales Tahuichi Tahuichi Quispe y Dina Chuquimia.

Con esta acción, los radicales pretendían que los vocales sean apartados del caso del congreso de Lauca Ñ.

Los evistas argumentaron que ambos vocales habían expresado en medios de comunicación un criterio anticipado en contra del congreso de

Lauca Ñ, pero las autoridades recusadas negaron esa versión al alegar que no había prueba pertinente.

“Consecuentemente, este Tribunal llega a la convicción de que la recusación interpuesta no cumple con el Art. 353-1 del Código Procesal Civil, aplicable al caso por disposición del artículo 221 de la Ley N° 026, por lo que la misma resulta manifiestamente improcedente, correspondiendo en aplicación el parágrafo IV de la misma norma, y por lo tanto corresponde desestimar dicho incidente sin más trámite”, concluye la resolución del TSE respecto a este caso.

(Fuente: Los Tiempos)


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