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Cooperativas, empresarios, agricultores, mineros y surtidores, podrán importar y vender combustibles, según Decreto 5271

Written by on 13 de noviembre de 2024

El ministro de Hidrocarburos y Energías, Alejandro Gallardo, anunció la promulgación del Decreto Supremo 5271, el cual autoriza de manera excepcional a personas naturales o jurídicas privadas la importación de diésel y gasolina para su comercialización en el mercado interno. La norma dispone que empresarios, cooperativas, agricultores, mineros y surtidores, podrán internar y vender los carburantes en el país.

La Paz.- En una conferencia de prensa, el ministro de Hidrocarburos y Energías, Alejandro Gallardo, anunció la promulgación del Decreto Supremo 5271, el cual autoriza de manera excepcional a personas naturales o jurídicas privadas la importación de diésel y gasolina para su comercialización en el mercado interno.

«Este decreto tiene como objetivo autorizar de manera excepcional a actores privados, tanto personas naturales como jurídicas, a realizar la importación de combustibles para su comercialización en el mercado interno, estableciendo los requisitos y prohibiciones correspondientes», explicó Gallardo.

El ministro detalló que esta medida es resultado de diversas reuniones sostenidas con representantes del sector productivo, el transporte y otros actores sociales, realizadas a la cabeza del presidente Luis Arce. Estas reuniones buscaron encontrar soluciones para asegurar el abastecimiento continuo de combustibles y garantizar su acceso a diferentes sectores de la economía nacional.

Gallardo señaló que, a partir de la promulgación del decreto, los actores privados, incluidos cooperativas, empresarios, agricultores, sectores mineros y estaciones de servicio, podrán realizar la importación de combustibles y comercializarlos dentro del país. Esta decisión responde a una demanda sectorial para permitir que los privados puedan acceder directamente a los combustibles y abastecer sus actividades de manera autónoma.

Sin embargo, el Ministro subrayó que esta medida no implica que la estatal Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) deje de realizar la importación de combustibles a precios subvencionados. «YPFB continuará con su tarea de importar, distribuir y comercializar combustibles a precios subvencionados, garantizando la estabilidad del mercado y el acceso de la población a estos recursos esenciales», afirmó Gallardo.

El Decreto Supremo 5271 se enmarca en una política de apertura y flexibilización que busca diversificar las fuentes de abastecimiento de combustibles en Bolivia, respondiendo tanto a las necesidades del sector productivo como a los desafíos logísticos y económicos del país. Con esta normativa, se pretende asegurar que los sectores como la agricultura, la industria, la minería, el transporte y otros cuenten con acceso adecuado a combustibles en condiciones que favorezcan su desarrollo.

simismo, el ministro Gallardo destacó que esta medida es una opción más para los diferentes sectores, con el fin de optimizar el abastecimiento y asegurar la continuidad de sus actividades sin que ello signifique un desajuste en la política de subsidios del Gobierno. «El pueblo siempre será nuestra prioridad y con esta nueva normativa buscamos garantizar que todos los sectores tengan acceso al combustible necesario para su funcionamiento», agregó.

Min. Hidrocarburos

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