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Analistas: reforma a DDRR vía decreto es inconstitucional y su actualización debe ser vía ley

Escrito por el 7 de mayo de 2024

Analistas: reforma a DDRR vía decreto es inconstitucional y su actualización debe ser vía leyViviendas privadas en La Paz. Foto:RRSS

Dos analistas aseguraron este martes por separado que la reforma de Derechos Reales a través del Decreto No 5143 es inconstitucional y sugirieron que la actualización de este sistema, que preserva la propiedad privada, deba ser mediante una ley.

“Este decreto le está arrebatando las competencias al Legislativo, que es el que puede hacer leyes, porque como dice el derecho a la propiedad privada es un derecho reconocido por la Constitución y esta señala que los derechos y garantías solo pueden ser regulados por una ley, no por un decreto, y en este caso, el 5143 está pretendiendo utilizar una competencia que es regular el tema del trámite de Derechos Reales”, sostuvo el analista Jorge Valda a Brújula Digital.

El Gobierno considera que el DS 5143 tiene como finalidad modernizar el Registro de Derechos Reales con la creación de un sistema único que concentrará toda la información sobre las inscripciones de propiedad en una única base de datos.

En criterio de Valda, la promulgación del DS 5143 quita atribuciones al Legislativo. “Este decreto le está arrebatando las competencias al Legislativo, que es la que puede hacer leyes, porque como dice el derecho a la propiedad privada es un derecho reconocido por la Constitución y esta señala que los derechos y garantías solo pueden ser regulados por una ley, no un decreto, y en este caso, ese decreto está pretendiendo utilizar una competencia que es de regular el tema del trámite de Derechos Reales”, dijo Valda.

El DS 5143, del 10 de abril de 2024, es la tercera norma que reglamenta la ley del 15 de noviembre de 1887, de inscripción de Derechos Reales, y abroga el DS 27957, del 24 de diciembre de 2004, cuya finalidad era ampliar, modificar y actualizar la normativa contenida en el reglamento del 5 de diciembre de 1888.

El jurista Paul Coca explicó que el DS 5143 es inconstitucional porque establece la creación de una entidad supraestatal que pretende regular el trabajo de Derechos Reales. “Entonces desde el primer aspecto hay una inconstitucionalidad de este decreto, porque establece disposiciones que crean una entidad nacional competente, y lo más importante, pretende regular aspectos de la vida de Derechos Reales por encima de lo que establece la propia Ley del Órgano Judicial”.

Coca añadió que la vigencia del DS 5143 no es posible debido a la disposición séptima de la Ley 025 del Órgano Judicial que establece que Derechos Reales debe ser reglamentada por una norma superior.

“El Registro Público de Derechos Reales y las Notarías de Fe Pública, continuarán en sus funciones sujetos a las normas anteriores a la presente ley, en tanto no se defina su situación jurídica mediante una Ley especial que regule tales institutos jurídicos”, señala la disposición de la norma de 2010.

Tales posiciones surgieron luego de que el presidente Arce promulgara el DS 5143 que pretende con su disposición transitoria tercera crear “un Sistema Único de Derechos Reales en coordinación con la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnología de la Información y Comunicación (AGETIC)” que es dependiente del Ministerio de Presidencia.

Los analistas explicaron que esto significa vulnerar supuestamente la información de los ciudadanos en cuanto a sus propiedades privadas que tienen a su nombre y que las mismas pasarían a manos de instancias gubernamentales como los ministerios de la Presidencia, Justicia y de Gobierno.

“Y al centralizar está información en instituciones gubernamentales, lo que van a hacer es tener el control de la propiedad privada. Saber cuántos bienes tiene fulanito, tiene 10 casos y 10 departamentos, cuántos ocupa, solamente cinco, el resto exprópiese; cuántos terrenos tiene tal, cuántos usa, dos, el resto exprópiese. Ese es el gran inconveniente porque deja de existir seguridad jurídica cuando se le entrega a un Gobierno, la información que debe ser manejada por el Órgano Judicial”, puntualizó Valda.

En contraparte, la viceministra de Justicia y Derechos Fundamentales, Jessica Saravia, informó que el DS no afecta el tema de la propiedad privada y que, además, solamente pretende mejorar el servicio al interior de Derechos Reales.

“En ese sentido es absolutamente responsable que se haya emitido una norma que, además, la ley de 1887, lo permite así en el marco de las competencias; lo que se ha hecho es complementar el decreto del 2004 con la institucionalidad de algunos temas de Derechos Reales como, por ejemplo, la posibilidad de tener un sistema único que dé garantía a la ciudadanía”, dijo.

Saravia también dijo que la sociedad debe quedarse tranquila porque la norma solo mejora el servicio. “Creo es importante que la ciudadanía entienda que ese decreto (5143) pretende mejorar el servicio que sigue prestando hace muchos años por Derechos Reales”, dijo Saravia en radio Panamericana y añadió que tiene por objetivo permitir al ciudadano que deje un “vía crucis de trámites”.

(Fuente: Brújula Digital)


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