Tras la advertencia de un juicio de responsabilidades, el Senado respondió a la prórroga del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) con una ley que deja sin efecto esa decisión, y otra que suspende los plazos procesales. Los documentos pasaron a la Cámara Baja.

El martes 12, el TCP provocó una ola de repudio con la declaración constitucional 0049/2023, que determinó la extensión del mandato de sus magistrados y los del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y el Tribunal Agroambiental (TA), además de los miembros del Consejo de la Magistratura, hasta que se elija a sus reemplazantes.

Ley

Asimismo, declaró inconstitucional la ley que recibió la aprobación de la Cámara de Senadores para destrabar las judiciales, que fue enviada en consulta por el TSJ y que no era bien vista en la Cámara de Diputados para su tratamiento. El TCP demandó también una pronta preselección de postulantes para los comicios.

Ayer, la Cámara Alta aprobó el proyecto de “Ley para restablecer la plena vigencia de los artículos 183, 188.III, 194.III y 200 de la Constitución”, que anula la prórroga del TCP. “Se deja sin efecto el numeral 4 de la parte resolutiva de la Declaración Constitucional Plurinacional 0049/2023”, señala el primer artículo del documento.

Y en el segundo artículo ratifica la fecha de la finalización del mandato de los magistrados y los consejeros del TCP, el TSJ, el TA y el Consejo de la Magistratura. “Conforme dispone la Constitución Política del Estado, cesarán en sus funciones el 2 de enero de 2024”.

El primer artículo reza: “Quedan suspendidos los plazos procesales en todas las materias, según causas ordinarias, agroambientales, en materia constitucional y administrativo disciplinarias, de conocimiento” del TCP, TSJ, TA y la Magistratura, “a partir del 2 de enero de 2024 hasta la posesión de las nuevas autoridades judiciales elegidas por voto popular”.

Además, para dar continuidad al funcionamiento del Órgano Judicial, se dispone la delegación de “atribuciones específicas a Tribunales Departamentales de Justicia ,Dirección Administrativa Financiera y Unidades de enlace administrativo”, señala un cuadro explicativo de la Cámara Alta.

Derecho

“En cumplimiento del parágrafo II del Artículo 115 de la Constitución Política del Estado y a fin de garantizar el derecho de acceso a la justicia en el país, el Órgano Judicial continuará ejerciendo sus competencias y atribuciones en cumplimiento al mandato constitucional y del ordenamiento jurídico en actual vigencia por intermedio de la administración jurisdiccional ejercida mediante los Tribunales Departamentales de Justicia en todas sus salas, incluidas las constitucionales, Juzgados, Tribunales de Sentencia, y Juzgados Agroambientales” (sic), remarca el artículo 2.

Aparte, se dispone que los secretarios generales del TSJ, el TCP, el TA y la Magistratura estarán a cargo de la recepción y la custodia de casos pendientes para cada instancia judicial involucrada.

Estos documentos pasaron a la Cámara de Diputados para su debate. Al respecto, el senador Tórrez informó a La Razón que con estas leyes se busca evitar un “vacío de poder” y la “paralización” del Órgano Judicial, y afirmó que no entran “en colisión” con lo dispuesto por el TCP. “Se elige el mal menor, que es la suspensión de plazos procesales, mediante una ley, la cual no es para nada inconstitucional”, subrayó.

(Fuente: La Razón)