Aprueban cambios a Ley de juicio de responsabilidades
Escrito por Boris Bueno Camacho el 19 de diciembre de 2023
El nuevo texto señala que se deberá imponer las sanciones previstas en el Código Penal.
El pleno de la Cámara de Senadores aprobó otros dos proyectos de ley más, el primero establece la cesación de mandato de los actuales magistrados del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) a partir del 2 de enero, el segundo dispone la modificación de 23 de los 51 artículos de la Ley 044 de juzgamiento a altas autoridades de Estado.
“En cumplimiento a lo dispuesto por: el parágrafo I. del artículo 183, el parágrafo III. del artículo 188, el parágrafo III. del artículo 194 y del artículo 200 de la Constitución Política del Estado respecto el periodo de mandato constitucional judicial de seis años; las magistradas y magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y consejeras y consejeros del Consejo de la Magistratura titulares y suplentes cesan en funciones de sus cargos electivos el próximo 2 de enero de 2024”, señala el artículo único del proyecto normativo.
En una sesión de casi cuatro horas, el Senado debatió tres proyectos normativos, dos de ellos disponen la suspensión de los plazos procesales a partir del 2 de enero de 2024 y a partir de esa fecha los magistrados del órgano judicial y del TCP no podrán realizar ninguna acción. Mientras que la tercera normativa modifica la Ley de juicio de responsabilidades, que permitirá la aplicación de medidas cautelares.
“Si la Resolución de Imputación se solicita medidas cautelares personales, como la detención preventiva, ésta deberá incluir además alternativamente, medidas sustitutivas en caso de que la detención preventiva no sea aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados. Las de carácter real, se aplicarán conforme al régimen establecido en el Código de Procedimiento Penal. En caso de no ser aprobada la medida cautelar de detención, se aplicará la medida sustitutiva planteada en la resolución de imputación”, dice el enunciado 31 de medidas cautelares.
Asimismo, esa decisión podrá ser apelada por la Cámara de Senadores en un plazo de cinco días a partir de su aprobación. En las otras incorporaciones se plantean la forma en que se llevará a cabo la audiencia de medidas cautelares, además de los recursos que se interpondrán durante ese proceso.
“Si los enjuiciados hubieren incurrido en la violación de derechos fundamentales y garantías constitucionales, vinculada a la comisión de cualquier delito previsto en la presente ley, lesionando tales derechos y garantías, la sentencia condenatoria deberá imponer las sanciones previstas en el Código Penal, según corresponda”, señala la primera modificación.
A la vez, propone la reducción de plazos, el Comité de Ministerio Público y Defensa Legal del Estado de la cámara de diputados podrá formalizar la imputación, continuar con la investigación en un plazo de 20 días, con la opción de ampliarse a 40 días en caso de complejidad, a partir de la recepción de los antecedentes.
(Fuente: ANF)