A través del Decreto Supremo 5084, publicado en la Gaceta Oficial, en un único artículo : «Se establece el Gravamen Arancelario del cero por ciento (0%) para la importación de las Subpartidas Arancelarias 2709.00.00.00 (Petróleo Crudo) y 2710.19.21.00 (Diésel Oíl) del Arancel Aduanero de importaciones de Bolivia».
La norma encarga la ejecución a los ministros de Economía y Finanzas Públicas; y de Hidrocarburos y Energías.
“El decreto es una renovación del régimen arancelario que estos productos tenían en años anteriores; por lo cual, no significará un aumento en los volúmenes importados de diésel y petróleo para frenar la escasez experimentada en el país de estos productos”, sostiene Aranda.
“Primero, la caída de la producción interna. Desde el año 2014, la producción de petróleo ha caído, aproximadamente, un 52%; por su parte, la producción de diésel ha caído, desde el año 2015, en un 64%. Segundo, la caída de la producción interna ha generado mayor dependencia de la importación de ambos productos, que se ha visto dificultada por la escasez de moneda extranjera que se vive dentro del país”.
Para el investigador: “Este decreto simplemente busca renovar el régimen arancelario de ambos productos, pero no ataca los problemas fundamentales que están detrás de la escasez de petróleo y sus derivados”.
(Fuente: El Deber)