“A efectos que se concreten los juicios de responsabilidades habrá que conseguir la ejecutoria de esta resolución. Vale decir que estas resoluciones no tengan que ser revisadas. Para esto se va a notificar a todas las partes y verán las partes si es que interponen un recurso de apelación o si en efecto devuelven obrados a los juzgados de menor jerarquía. (Esperemos que) los juzgados de instrucción que en algún momento erróneamente avalaron que el juicio se lleve bajo esta vía corrijan esta situación y remitan los antecedentes al Tribunal Supremo de Justicia”, señaló Guillen.

Confirmó que este jueves la defensa de Áñez fue notificada con esta resolución mediante correo electrónico y dijo que, cumpliendo con la Constitución y la Ley 044 “para el Juzgamiento de la Presidenta o Presidente y/o de la Vicepresidenta o Vicepresidente, de Altas Autoridades”, que está vigente en el ordenamiento jurídico, “se estaría respetando el derecho de la exmandataria a un juez natural y a ser juzgada en la vía que le corresponde”.

El miércoles, el Tribunal de Sentencia Primero de Sacaba se declaró incompetente para llevar adelante “el juicio oral contra una expresidenta y los otros involucrados, ya que de llevar adelante en vía ordinaria la tramitación del juicio y el emitir una sentencia en primera instancia se estuviera incurriendo en una flagrante vulneración del debido proceso, la legalidad y seguridad jurídica, incurriendo en nulidad absoluta y por ende en retardación de justicia para las víctimas”.

Dos días después, su gabinete aprobó el Decreto Supremo 4078, que eximió de “responsabilidad penal” a militares que participen en operativos con la Policía para el restablecimiento del orden.

El 15 de noviembre, uno de estos operativos dejó 10 fallecidos en Sacaba, Cochabamba, todos por impactos de bala. Cuatro jornadas más tarde, otras 10 personas morían en Senkata, El Alto, bajo las mismas causas.

(Fuente: La Razón)