La autoridad detalló que se incorpora la privación de libertad de entre 3 y 8 años en el artículo 206 del Código Penal, que se incluye en la Ley del Cóndor, aprobada en el Senado.
La pena máxima era de cuatro años de privación de libertad.
Méndez señaló que el parágrafo incorporado indica que quien provoque un incendio en áreas protegidas o en otro espacio, pero que se propague a estas, será sancionado con hasta 8 años de cárcel por el daño a la flora y fauna silvestre.
El objetivo del incremento en la condena es, a decir del titular de Medio Ambiente y Agua, evitar que se sigan provocando incendios que causan grandes pérdidas a la biodiversidad.
A inicios de agosto pasado, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT) planteó sancionar con 10 años de cárcel a las personas que hagan quemas ilegales y generen incendios forestales, informó en esa oportunidad el director de la institución reguladora, Omar Quiroga.
En las últimas horas, la ABT informó que presentó una denuncia penal ante el Ministerio Público, en el municipio de Palos Blancos, departamento de La Paz, contra cuatro presuntos autores de incendios forestales.
Explicó que se identificaron indicios de responsabilidad penal porque, con las quemas que realizaron afectaron no solo a sus predios, sino también a otros de sus vecinos y destruyeron “ojos de agua”.
“Afectaron también la serranía de Marimonos, declarada reserva forestal municipal”, dijo Laime.
Senadores de diferentes bancadas cuestionaron el trabajo de la ABT, debido a los últimos incendios forestales registrados en el país, uno de ellos anunció una petición de informe oral para los próximos días.
“(…) para que venga y nos explique lo que están haciendo, porque su trabajo no se ve, Bolivia está en incendios y tampoco hay voluntad de declarar desastre nacional y permitir que vengan instituciones internacionales para ayudarnos a sofocar semejante ola de fuego que tenemos en el país”, manifestó la senadora de Creemos, Claudia Elena Égüez.
(Fuente: Opinión)