Elecciones judiciales: el MAS presenta otro proyecto de ley; para CC no hay consenso
Escrito por Boris Bueno Camacho el 15 de mayo de 2023
Mamani informó que este proyecto de ley transitorio fue presentado el viernes y que el tratamiento fue previsto para esta tarde, con miras a garantizar la realización de las elecciones judiciales este año.
El asambleísta oficialista informó que este proyecto de ley tiene dos plazos importantes. El primero, que otorga un tiempo máximo de 70 días para que la Asamblea legislativa aprueba las postulaciones. Y, segundo, que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) disponga de 120 días para encarar los comicios judiciales.
En criterio del diputado del MAS, con esos plazos se llegaría a garantizar la realización de las elecciones judiciales, con el objetivo de elegir a las nuevas altas autoridades judiciales del país a ser posesionadas a inicios de 2024.
Sin embargo, ese proyecto de ley fue rechazado por el diputado opositor Alarcón, quien precisó que ese borrador promovido por el MAS sólo ajusta plazos y no incluye las “garantías” exigidas por el presidente de la alianza Comunidad Ciudadana (CC), Carlos Mesa, para tener elecciones transparentes y candidatos independientes, que no estén a “la medida” del oficialista MAS.
Alarcón dijo que el proyecto de ley del MAS, el 363, tiene cinco artículos, a los que su persona busca aumentar seis más, para cada una de las garantías sugeridas por CC.
Explicó que esas seis garantías son las siguientes, la implementación de comités técnicos independientes en los nueve departamentos, llamados jurados departamentales de mérito, para calificar a los postulantes a magistrados.
En segundo lugar, se busca establecer que la Asamblea Legislativa esté obligada a respetar esa calificación. Tercero, se sugiere una “calificación negativa” para “pasanakus” de postulación de magistrados y consejeros.
En cuarto lugar, se propone la votación nominal en la Asamblea Legislativa, con fundamentación de voto de tres minutos, por parte de asambleístas para la definición de candidatos, no “voto corrupto” por escrutinio.
En quinto lugar, se pide dos tercios de voto de la totalidad de asambleístas para dar el quórum para la respectiva aprobación, no solo mayoría absoluta. Finalmente, se sugiere la repetición de la elección para una determinada institución judicial si es que en el cómputo de votos los blancos y nulos son mayores al obtenido por un candidato.
Las elecciones judiciales se paralizaron en dos oportunidades por fallos judiciales. El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admitió un amparo constitucional por cuestionamientos el proceso de inscripción y requisitos de candidatos.
(Fuente: Brújula Digital)